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el Sr. Ministro de la República francesa, manifestando á vd. á la vez, que considera irregular, que el representante de un gobierno extranjero se le dirija tratando asuntos oficiales, salvando el conducto de esa Secretaría de su digno cargo, razón por la que suplico á vd. que, con el tino y discreción que lo distinguen, se sirva hacer entender al repetido Sr. Ministro la necesidad de que no salve los conductos que son indispensables, para poder tratar los asuntos de que oficialmente deba ocuparse.

Patria y Libertad. Jalapa, Julio 27 de 1886.

(Firmado) J. Enríquez.

Al Secretario de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores.-México.

Legation de la Republique Française au Mexique.

Señor Gobernador:

México, Julio 21 de 1886.

El Sr. A.Pérês, ciudadano francés vecino de Tehuacán, me ha escrito para hacerme saber que, desde el día 18 de Agosto de 1885, tiene pendiente un negocio judicial ante el Tribunal Superior del Estado del digno cargo de vd.

En la notificación que hizo el Juez en dicha época al referido Sr. Pérês, éste declaró que el Tribunal había dado su resolución sobre todos los puntos tocantes á la apelación que hizo el Sr. Domingo Duhalt, residente en Córdoba, contra la sentencia (que fué á favor del Sr. Pérês) de la adjudicación que pronunció el Juez 2o de primera instancia, Lic. Don J. L. Guevara, de Córdoba.

Por este motivo el Sr. Pérês se ha dirigido á mí para suplicarme que pida á su nombre una excitativa de justicia á la autoridad competente del Estado de Veracruz.

En consecuencia y con toda reserva, por no tener datos pormenorizados respecto de este asunto, me tomo la libertad de someter á vd. la súplica del Sr. Pérês.

Me es sumamente grato aprovechar esta oportunidad para protestar á vd., Señor Gobernador, las seguridades de mi consideración muy distinguida.

(Firmado) Gaetan Partiot.

Señor Gobernador del Estado de Veracruz.-Jalapa.

Secretaría de Relaciones Exteriores.

México, 2 de Agosto de 1886.

Señor Ministro:

El Señor Gobernador del Estado de Veracruz, en comunicación del 27 del pasado, me ha remitido una nota que Vuestra Excelencia le dirigió en 21 del mismo mes, suplicándole hiciera una excitativa de justicia á las autoridades correspondientes de aquel Estado, en un negocio que sigue el ciudadano francés A. Pérês vecino de Tehuacán.

Como por disposiciones generales, dictadas hace tiempo por esta Secretaría, se ha declarado que no es permitido ni á los funcionarios federales ni á los de los Estados, tener correspondencia sobre negocios estrictamente oficiales con los Señores Representantes diplomáticos acreditados cerca del Gobierno de México, esta circunstancia ha obligado al citado Gobernador de Veracruz á proceder como lo ha verificado.

Sin embargo, considerando esta Secretaría auténtica la citada nota de Vuestra Excelencia, tendrá la satisfacción de pedir al Gobierno de aquella entidad federativa, que haga á la autoridad competente la excitativa de justicia que desea Vuestra Excelencia.

Me es grato, con este motivo, reiterar á Vuestra Excelencia las seguridades de mi muy distinguida consideración.

(Firmado) Ignacio Mariscal.

A su Excelencia Gaetan Partiot, Enviado Extraordinario y Mi

nistro Plenipotenciario de Francia.

Sección 2a-México, 2 de Agosto de 1886.

Hoy digo al Sr. Ministro de Francia lo siguiente:

(Aquí la nota que antecede).

Lo que tengo la honra de trascribir á vd. en respuesta de su ofi

cio de 27 del pasado, y para el efecto que se indica.

Reitero á vd. mi atenta consideración.

(Firmado) Mariscal.

Señor Gobernador del Estado de Veracruz.-Jalapa.

República Mexicana.-Gobierno del Estado Libre Ꭹ Soberano de Veracruz-Llave.

El H. Tribunal Superior de Justicia del Estado dice al Poder que presento, con fecha de hoy, lo que sigue:

"La Sala que conoce del expediente de denegada apelación seguida por los Sres. Domingo Duhalt y Agustín Pérês, proveyó con esta fecha el acuerdo siguiente:

"Agréguese á este expediente la comunicación oficial de que se da cuenta, diciéndose á la Presidencia del H. Tribunal, por vía de informe, en cumplimiento de su auto marginal, constante en esta comunicación, que la notable demora que se advierte en el despacho de este negocio ha provenido de la falta de cumplimiento, por parte de los interesados, á lo dispuesto por la ley, en cuanto á su permanencia en el lugar del juicio, pues que no habiendo ni aun constituido apoderados, para cumplir con dicha prevención ha sido necesario que todas las diligencias de esta instancia se practiquen con ellos mismos en el lugar de su residencia, para lo que ha sido necesaria la expedición de exhortos remitidos por conducto del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, hasta que se han ministrado los portes, ocasionando esto gran pérdida de tiempo.

"Resuelto por esta Sala el recurso de denegada apelación, desde el mes de Febrero próximo pasado, ha sido necesario el trascurso de ese

tiempo hasta la fecha, para que se notificara esa resolución al interesado Pérês, residente en Tehuacán, y luego para que se dieran por citados él y la parte contraria, para lo que corresponde dictar sobre el auto apelado."

lo

"Honroso me es comunicarlo á ese Gobierno, como resultado de su atenta nota relativa de 6 del que cursa, agregando que, no obstante expuesto, se hizo á la misma Sala la excitativa correspondiente para que en tanto cuanto fuere legal active por su parte los procedimientos, cuya demora hasta hoy ha dependido de los mismos interesados." Lo que me es honroso trascribir á vd., como resultado de su atenta nota relativa, para su conocimiento y demás efectos que fueren procedentes.

Patria y Libertad. Jalapa, Agosto 11 de 1886.

(Firmado) José Manuel Jáuregui.

Al Secretario de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores.-México.

Secretaría de Relaciones Exteriores.

México, 16 de Agosto de 1886.

Señor Ministro:

El Señor Gobernador del Estado de Veracruz me ha dirigido la comunicación que, en copia, tengo la honra de remitir adjunta á Vuestra Excelencia, en la cual se halla inserto el informe que el Tribunal Superior de Justicia de dicho Estado ha dado acerca del asunto del Sr. A. Pérês, de Tehuacán.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar á Vuestra Excelencia las seguridades de mi muy distinguida consideración.

(Firmado) Ignacio Mariscal.

A Su Excelencia Gaetan Partiot, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Francia.

GUATEMALA.

Legación de Guatemala.-México.-Número 33.

Señor Ministro:

México, 20 de Octubre de 1895.

En nombre del Gobierno de Guatemala, que me honro en representar, tengo el placer de ofrecer al de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de Vuestra Excelencia y, como una prueba de amistad y especial deferencia, una copia fotográfica en dos tomos, de la "Historia de la Conquista de La Nueva España," por Bernal Díaz del Castillo.

Me es grato reiterar á Vuestra Excelencia las seguridades de mi alta estimación y distinguido aprecio.

(Firmado) Emilio de León.

A Su Excelencia el Lic. Don Ignacio Mariscal, Ministro de Relaciones Exteriores.-Presente.

Secretaría de Relaciones Exteriores.

México, Octubre 20 de 1895.

Señor Ministro:

Con la atenta nota de Vuestra Excelencia, fechada hoy, que en este momento he tenido la honra de recibir, ha venido á mis manos la preciosa reproducción fotográfica, en dos volúmenes, del original que se conserva en Guatemala, de la Historia de la Conquista de Nueva España, escrita de mano de Bernal Díaz del Castillo.

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