Tratado de derecho administrativo según las teorías filosóficas y la legislación positiva, Volume 2V. Suárez, 1898 |
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Tratado de derecho administrativo según las teorías filosóficas y ..., Volume 2 Adolfo Posada Volledige weergave - 1898 |
Veelvoorkomende woorden en zinsdelen
1.º de Enero 11 de Julio 29 de Julio acción administrativa actividad acto administrativo admi adminis aguas aplicación artículos arts atender autoridad Bélgica beneficencia blica carácter censo cial ción civil clasificación Código colectiva comprende común concepto concesión condiciones constitución constituído contencioso-administrativo contrato debe Derecho administrativo determina disposiciones dominio dominio público económica efecto electoral enseñanza entraña España especial establecimientos Estadística exige explotación expropiación expropiación forzosa formación fuerza armada función garantir gastos gobernador Guardia civil Hacienda implica índole industria industrial ingresos instituciones intereses internacional intervención judicial jurídica legal legislación Löning manifestaciones Ministerio Ministro municipales necesidad nistrativo nómica objeto obra oficial oficinas operaciones orden orga organismo organización pág págs penal penitenciario personal población policía de seguridad política presupuesto prisiones procedimiento propiedad provincia provinciales Prusia punto de vista régimen Registro Regl Reglamento relación respecto Sección servicio administrativo sistema social Stein Suecia tación tado técnica territorial tículo tít tiva Tribunal tutela Véase
Populaire passages
Pagina 249 - No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y nadie podrá ser privado de su propiedad sino por autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización. Si no precediere este requisito, los jueces ampararán y en su caso reintegrarán en la posesión al expropiado.
Pagina 226 - Toda obra no inscrita en el Registro de la propiedad intelectual podrá ser publicada de nuevo reimpresa por el Estado, por las Corporaciones científicas ó por los particulares durante diez años, á contar desde el día en que terminó el derecho de inscribirla.
Pagina 498 - Administración a realizar los sucesivos trámites). En el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que por el titular de la unidad administrativa se dé orden motivada en contrario, de la que quede constancia.
Pagina 517 - Gobernadores no podrán suscitar contiendas de competencia: primero, en los juicios criminales, á no ser que el castigo del delito ó falta haya sido reservado por la ley á los funcionarios de la Administración, ó cuando en virtud de la misma ley deba decidirse por la Autoridad administrativa alguna cuestión previa de la cual dependa el fallo que los Tribunales ordinarios ó especiales hayan de pronunciar...
Pagina 71 - República los ciudadanos españoles mayores de cuarenta años que se hallen en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
Pagina 517 - Por no haber precedido la autorización correspondiente para perseguir en juicio á los empleados en concepto de tales. 5.
Pagina 197 - Se consideran puertos para los efectos de esta ley, los parajes de la costa más ó menos abrigados, bien por la disposición natural del terreno ó bien por obras construidas al efecto, y en los cuales exista de una manera permanente y en debida forma tráfico marítimo.
Pagina 400 - Son bienes de dominio público: 1.° Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos.
Pagina 212 - ... todos los terrenos cubiertos de árboles á propósito para la construcción naval ó civil, carboneo, combustible y demás necesidades comunes, ya sean montes altos, bajos, bosques, cotos, plantíos ó matorrales de toda especie , distinta de los olivares, frutales ó semejantes plantaciones de especial fruto ó cultivo agrario: Visto el art.
Pagina 422 - Todos los años presentará el Gobierno á las Cortes el presupuesto general de gastos del Estado para el año siguiente y el plan de contribuciones y medios para llenarlos, como asimismo las cuentas de la recaudación é inversión de los caudales públicos, para su examen y aprobación.