Enciclopedia juridica espan︢ola...

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Victor Pedret y Torres, Enrique Oliver Rodriguez, Juan Torres Ballesté, Lorenzo Maria Alier y Cassi
F. Seix, 1910

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Pagina 304 - El Gobierno de SM el Rey de España y el Gobierno de SM la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda y Emperatriz de la India, deseando hacer más efectiva la represión de los delitos cometidos en sus respectivos territorios, han autorizado en debida forma á los
Pagina 316 - El presente Tratado será ratificado con arreglo á la Constitución de cada uno de los dos países, y las ratificaciones serán canjeadas en Madrid dentro del término de un año, ó antes si fuere posible. En fe de lo cual, los respectivos plenipotenciarios lo firmaron por duplicado y lo sellaron con sus sellos en
Pagina 299 - Por tanto, tomando en consideración las razones que me ha expuesto mi Ministro de Estado, y de acuerdo con el parecer del Consejo de Ministros; En nombre de mi augusto hijo el Rey Don Alfonso XIII, y como Reina Regente del Reino, Dado en Palacio á 22 de Febrero de
Pagina 218 - Han resuelto, en virtud de la invitación que les ha dirigido el Gobierno de SM el Rey de los belgas, de acuerdo con el Gobierno de SM la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda, Emperatriz de las Indias, reunir á este efecto una Conferencia en Bruselas, y
Pagina 353 - fide contraídas entre sí, como también en que no se les ponga por parte de la autoridad pública ningún obstáculo legal en los derechos que puedan alegar por razón de matrimonio, herencia por testamento ó abintestato, sucesión ó cualquier otro de los títulos de adquisición reconocidos por las leyes del país en que haya lugar la reclamación.
Pagina 483 - y superiores se encabezarán con la fórmula establecida por las leyes, á saber: Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española. Art. 11. Quedan derogados los artículos del reglamento del Tribunal Supremo, Ordenanzas de las Audiencias ú otra cualquier disposición contraria al presente Decreto. Dado en Palacio á 5 de Enero de
Pagina 295 - Los cuales, después de haberse comunicado sus respectivos plenos poderes y hallándolos en buena y debida forma, han extendido y reunido en la primera parte de la presente Acta final los cinco anejos siguientes al Tratado firmado en Bayona el 26 de Mayo de 1866
Pagina 198 - El presente Tratado será ratificado, y las ratificaciones canjeadas en Tokio tan pronto como sea posible. En fe de lo cual, los plenipotenciarios respectivos han firmado el presente Tratado, sellándolo con el sello de sus armas. Hecho por duplicado en Madrid á
Pagina 355 - Artículo I. Las Altas Partes contratantes se obligan á someter á juicio arbitral todas las controversias de cualquier naturaleza que por cualquier causa surgieren entre ellas, en cuanto no afecten á los preceptos de la Constitución de uno ú otro país, y siempre que no puedan ser resueltas por negociaciones directas. Art.
Pagina 372 - (Artículo I. Las Altas Partes contratantes se obligan á someter á juicio arbitral todas las controversias de cualquier naturaleza que por cualquier causa surgieren entre ellas, en cuanto no afecten á los preceptos de la Constitución de uno ú otro país, y siempre que no puedan ser resueltas por negociaciones directas. Art.

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