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DE

MINAS

COMPRENDE LA OBRA:

LEY DE 6 DE JULIO DE 1859, CONCORDADA CON LA DE 4 DE MARZO DE 1868,

QUE TAMBIÉN SE INCLUYE;

REGLAMENTO DE 24 DE JUNIO DEL MISMO AÑO Y DECRETO-BASES DE 29 DE DICIEMBRE
DEL MISMO AÑO 68; REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICO PROVINCIAL
DE 14 DE ENERO DE 1886, EN CUANTO Á MINAS SE REFIERE;

REAL DECRETO É INSTRUCCIÓN PARA EL ABONO DE INDEMNIZACIONES Á LOS INGENIEROS
DEL CUERPO NACIONAL DE MINAS Y PERSONAL SUBALTERNO DEL MISMO,
CON INCLUSIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO POR QUE SE RIGE DICHO Cuerpo,
TODO DE 30 DE ABRIL DE 1886,

Y ADEMÁS DE LO PRECEDENTE, LAS LEYES, SENTENCIAS, REALES DECRETOS Y DECRETOS,
REALIS ÓRDENES, ÓRDENES Y CIRCULARES, ETC.,

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QUE DEL RAMO SE HAN PUBLICADO DE TREINTA AÑOS Á ESTA PART

CUYO CONOCIMIENTO Y CONSULTA SE HACE NECESARIA MUCHAS VECE
ANOTADO TODO PROFUSAMENTE

POR

EUSEBIO FREIXA Y RABASÓ,

Jefe honorario de Administración civil.

SEGUNDA EDICIÓN

PUBLICACIONES DE EUSEBIO FREIXA

MESON DE PAREDES, 13, SEGUNDO IZQUIERDA

Noviembre de 1891.

MADRID

Es propiedad de Eusebio Freixa y Rabasó.

Rec. A far. 26, 1700.

Madrid, 1891.-Tipografía de Tomás Minuesa de los Ríos, Juanelo, 19.

INTRODUCCIÓN

Más que por la feracidad de nuestro suelo, que es mucha, por la abundancia de sus minas de oro, plata, azogue, antimonio, carbón, sal y de toda clase de metales, promoviéronse en España hecatombes y luchas horribles entre Cartagineses y Romanos, enriqueciéndose unos y otros con el comercio que abrieron en el mundo, las industrias que explotaron y los minerales que extraían de las entrañas de la tierra, allegando valiosísimos tesoros.

Inmenso debe ser el número de minas existentes en esta nación å juzgar por los datos estadísticos que tenemos, y lo que nos cuentan los historiadores, suponiendo fundadamente que de muchas han desaparecido sus rastros por haberse cegado las boca-minas en tiempos muy remotos, ó sea cuando los dominadores hubieron de abandonar esta tierra de promisión que habían conquistado, dejando en ella libres á sus naturales, tan vejados durante siglos por su insaciable codicia. Esto no obstante, no bajarán hoy de 1.500 las minas productivas que tenemos, de 30.000 los operarios en ellas ocupados, y de 50 las máquinas de vapor empleadas en la extracción de materias, aparte de un gran número que se hallan en explotación, sin rendimientos todavía, si bien es de esperar que, si no todas, no serán pocas las que den antes de mucho pingües resultados.

Sólo el canon que se satisface por razón de superficie y uno por 100 del producto bruto, figura en el Presupuesto de ingresos del Gobierno correspondiente al año económico actual, con la respetable suma de 2.250.000 pesetas. Además, las minas del Estado producen al Erario una renta anual de consideración, á saber: las de Torrevieja, 1.100.000; las de Almadén, 8.600 000, y las de Linares, 2.000.000. Total producto presupuesto en este año, 13.950.000 pesetas. Calcúlese por estas cifras el beneficio que reportarán de esa industria los particulares y empresas que la explotan, además del Gobierno, y el gran número de familias á quienes proporcionan las mineras el sustento. Esa industria, pues, deben mirarla con una especial predileción los estadistas por ser la base de muchas otras,

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